- Llamó 'gilipollas' a otro letrado en la sesión final de la vista oral
- El presidente lo expulsó tras vociferar y dar puñetazos en la mesa
- Adjunta la grabación íntegra de la vista para que se observe su conducta
- Pide a los decanos de Granada y Madrid que también examinen su actuación
El abogado que ejerce la acusación contra el juez de Menores Francisco Serrano, condenado por el TSJA a dos años de inhabilitación profesional, se enfrenta ahora a un expediente sancionador que ha abierto contra él el propio tribunal ante el que ejercía su labor, que le recriminó varias veces las voces, los puñetazos en la mesa, los aspavientos y hasta los insultos que acompañaron su actuación.
En la parte dispositiva de la sentencia, la sala acuerda "incoar expediente y pieza separada de corrección disciplinaria a efectos de posible sanción disciplinaria" al letrado Íñigo Moreno Lara por haberse "excedido en el ejercicio legítimo de su función" a ojos de los tres magistrados que componen el tribunal. El juez tuvo que desalojar la sala por orden de la Presidencia.
En este sentido, los magistrados así lo hacen saber en el fundamento decimocuarto de su sentencia, en el que recuerdan que la presidencia de la sala tuvo que dirigirle al abogado de la acusación particular "constantes indicaciones para respetar el orden de intervenciones, para que centrara correctamente las preguntas a testigos, para que repetara el legítimo ejercicio de otra defensa letrada, para que no diera voces ni puñetazos en la mesa, para que no hiciera aspavientos, para que no adjetivara o calificara de forma constante e innecesaria las conductas de terceros, para que no dirigiera palabras insultantes ni vejatorias ("gilipoyas", (sic) dijo literalmente para referirse a un letrado en su informe oral)".
El tribunal deduce testimonio contra él y adjunta la grabación audiovisual de las tres jornadas de juicio oral. De igual modo, se da traslado a los decanatos de los colegios de abogados de Granada y Madrid para que "valoren, en su propio ámbito, el correcto cumplimiento de sus deberes generales y deontológicos".
En la parte dispositiva de la sentencia, la sala acuerda "incoar expediente y pieza separada de corrección disciplinaria a efectos de posible sanción disciplinaria" al letrado Íñigo Moreno Lara por haberse "excedido en el ejercicio legítimo de su función" a ojos de los tres magistrados que componen el tribunal. El juez tuvo que desalojar la sala por orden de la Presidencia.
En este sentido, los magistrados así lo hacen saber en el fundamento decimocuarto de su sentencia, en el que recuerdan que la presidencia de la sala tuvo que dirigirle al abogado de la acusación particular "constantes indicaciones para respetar el orden de intervenciones, para que centrara correctamente las preguntas a testigos, para que repetara el legítimo ejercicio de otra defensa letrada, para que no diera voces ni puñetazos en la mesa, para que no hiciera aspavientos, para que no adjetivara o calificara de forma constante e innecesaria las conductas de terceros, para que no dirigiera palabras insultantes ni vejatorias ("gilipoyas", (sic) dijo literalmente para referirse a un letrado en su informe oral)".
El tribunal deduce testimonio contra él y adjunta la grabación audiovisual de las tres jornadas de juicio oral. De igual modo, se da traslado a los decanatos de los colegios de abogados de Granada y Madrid para que "valoren, en su propio ámbito, el correcto cumplimiento de sus deberes generales y deontológicos".
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